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Entrada del blog por Hermandad de Honduras

SISTEMA SUPERVISADO EN HONDURAS

SISTEMA SUPERVISADO EN HONDURAS


El Sistema Supervisado en Honduras se refiere al conjunto de instituciones financieras y entidades relacionadas que están sujetas a regulación y supervisión por parte de organismos estatales para garantizar su estabilidad, transparencia y cumplimiento normativo. 
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), ejercerá por medio de las superintendencias la supervisión, vigilancia y control de bancos privados y públicos, aseguradoras, reaseguradoras, asociaciones de ahorro y préstamo, sociedades financieras, almacenes generales de depósitos, bolsas de
valores, casas de cambio, fondos de pensiones, compañías emisoras de tarjetas de crédito y otras que realicen operaciones financieras. Además, vigilará que dichas instituciones cuenten con sistemas de prevención de lavado de activos y financiamiento
del terrorismo haciendo cumplir las leyes que regulan estas actividades.


Instituciones Financieras Supervisadas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros:

  • Bancos Comerciales
  • Bancos Estatales
  • Sociedades Financieras
  • Oficinas de Representación de Instituciones Financieras Extranjeras
  • Banca de Segundo Piso
  • Bolsa de Valores
  • Casas de Bolsa
  • Almacenes Generales de Depósito
  • Casas de Cambio
  • Organizaciones Privadas de Desarrollo Financiero (OPDF)
  • Instituciones de Seguros
  • Procesadoras de Tarjetas de Crédito
  • Fondos Privados de Pensiones
  • Fondos Públicos de Pensiones
  • Centrales de Riesgo Privadas o Burós de Crédito
  • Sociedades Clasificadoras de Riesgo
  • Sociedades Remesadoras de Dinero
  • Administradora de Fondo de Garantía Recíproca
  • Instituciones no Bancarias que Brindan Servicios de Pago Utilizando Dinero Electrónico (INDEL)


¿Cuáles son los objetivos de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros?

  • Mantener el sistema supervisado con niveles de solvencia de acuerdo a la normativa vigente, asegurando que las instituciones gestionen todos sus riesgos con base en las sanas prácticas, revelación y transparencia de su información y den cumplimiento al marco legal aplicable para salvaguardar su estabilidad y velar por el interés público.
  • Velar por la transparencia, el respeto al derecho de los usuarios financieros, y la promoción de la cultura financiera en la ciudadanía.
  • Crear un entorno favorable para la inclusión financiera de las mayorías.
  • La Institución Supervisada deberá acatar lo resuelto por la CNBS. En caso de incumplimiento, ésta se reserva el derecho de abrir un procedimiento sancionador.



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