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Entrada del blog por Hermandad de Honduras

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS FINANCIEROS

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS FINANCIEROS

Constituyen buenas prácticas de los usuarios financieros, en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, las siguientes:


DERECHOS DE LOS USUARIOS FINANCIEROS

  • Informarse sobre las instituciones que se encuentran

    debidamente autorizadas y supervisadas por la CNBS.

  • Elegir con plena libertad los productos y servicios financieros que mejor respondan a sus necesidades particulares.
  • Informarse sobre las condiciones generales de los productos y servicios que ofrecen las instituciones supervisadas.

  • Tomar en cuenta las instrucciones y recomendaciones que imparta la institución supervisada o la CNBS, sobre los productos o servicios financieros a través de los diferentes canales físicos o digitales.

  • Conocer las condiciones en las que se contrata el servicio o producto financiero, requerir y conservar las copias del contrato y todo documento en el que se establezcan las condiciones pactadas. Solicitar, en su caso, información adicional al personal de la institución supervisada.

  • Informarse sobre las instancias y procedimientos para la presentación de reclamos, quejas y consultas.

  • Requerir que los productos o servicios, así como los reclamos sean atendidos oportunamente.

  • Evitar sobre endeudarse con las instituciones supervisadas y con particulares, velando por la economía y bienestar financiero del hogar.

  • Suministrar información verdadera, suficiente y oportuna a las instituciones supervisadas y a las autoridades competentes de los eventos en que estas lo soliciten, para el debido cumplimiento de sus funciones y actualización de datos.

  • El no ejercicio de las prácticas de protección por parte de los usuarios financieros no implica la pérdida o desconocimiento de los derechos que le son propios ante las entidades supervisadas y las autoridades competentes.



DEBERES DE LOS USUARIOS FINANCIEROS

  • Conocer los derechos y obligaciones que se derivan del contrato suscrito con las Instituciones Supervisadas.
  • Cumplir con lo pactado en la forma, plazos y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la institución supervisada; siempre que lo pactado esté conforme a los principios de transparencia contenidos en las presentes Normas, leyes vigentes en el país, así como cualquier otra disposición que al efecto emita la Comisión.

  • Proporcionar a las Instituciones Supervisadas información completa, veraz, integra y confiable.

  • Brindar un trato respetuoso al personal de las Instituciones Supervisadas.

  • Hacer un uso prudente de la información personal (usuarios, contraseñas, claves, etc.) que permite el acceso a los productos y servicios financieros contratados, atendiendo las recomendaciones realizadas por las instituciones supervisadas y la CNBS.


Ingrese en el siguiente enlace para reproducir video sobre los “Deberes y Derechos de los Usuarios Financieros”



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